- El acto de juramentación se realiza el primero de enero, en sesión solemne conforme al artículo 34° de la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales, y artículo 13° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
- Existen tres tipos de sesiones de concejo, conforme el artículo 13° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: Ordinaria, Extraordinaria y Solemne.
- Instalar el comité de seguridad ciudadana conforme a la Ley 27933, y cumplir con las funciones en materia de defensa civil.
- Aprobar el plan de inversiones en base al plan de desarrollo municipal concertado.
- Designar al Gerente Municipal y a propuesta de este a los Gerentes, Subgerentes y Jefaturas, al amparo de lo establecido en el artículo 27° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Resolución de Alcaldía.
- Tener presente la Ley 26771, Ley de Nepotismo y su Reglamento, que prohíbe la contratación de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y por reciente Resolución del Jurado Nacional de Elecciones, evitar el conflicto de intereses; es decir, contratar con personas allegadas.
- Declarar en reorganización y reestructuración la Municipalidad por acuerdo de concejo, si el caso lo amerita.
- Designar a los titulares y suplentes de la suscripción de los cheques, mediante Resolución de Alcaldía.
- Aprobar el plan de desarrollo concertado si esto no se hubiera producido.
- Disponer la revisión del personal permanente del área de Recursos Humanos que haya adquirido su estabilidad laboral en la última gestión.
- Capacitar a los gerentes, subgerentes y jefes, para un eficiente servicio a la comunidad.
- Si se desea crear nuevas oficinas, se debe modificar la Estructura Orgánica y los instrumentos de gestión como el MOF, debiendo tener presente que exista disponibilidad presupuestal.
- Modificar en el mes de marzo, el Presupuesto Municipal, si este no está acorde a los planes de gobierno presentado por ustedes.
- Continuar con las obras que se están ejecutando y que han quedado incompletas, porque esto proviene del presupuesto participativo y el presupuesto anterior.
- Verificar si existen proyectos estudiados y/o aprobados que sean viables para su ejecución.
- Verificar si los trámites administrativos están dentro de las disposiciones de la simplificación administrativa dispuesta por el Gobierno Nacional.
- Implementar disposiciones de transparencia sobre la publicación de las acciones que realiza la administración, así como las denuncias que se puedan hacer frente a actos que empañan el funcionamiento de la administración pública.
- No modificar el ROF, en los próximos seis meses se publicará un modelo estandarizado que será utilizado a futuro.
- Actualizar el TUPA de acuerdo a los nuevos procedimientos, si no se hace podría caer en responsabilidad administrativa.
- Ingresar los procedimientos al Sistema Único de Tramitación (SUT), creado mediante Decreto Legislativo N° 1203; porque esta información será la base de la aprobación del TUPA.
- Verificar la actualización del procedimiento para la Licencia de Funcionamiento del SUT, según modelo estándar. El plazo se venció el 31 de octubre de 2018.
- Mejorar el sistema de Fiscalización y Control para una mejor recaudación.
- Tener un portal abierto para que la población pueda tener acceso al manejo económico que se realiza en el Gobierno Local.
- Presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas.
- Aprobar mediante Acuerdo Concejo se solicite a la OCI, Contraloría General de La República o de una Sociedad Auditora, realice una auditoría a la gestión anterior.
Fuente:
Julio César Castiglioni Ghiglino